Recomendaciones para la inclusión y el reconocimiento de los grupos étnicos y del enfoque diferencial en la implementación de la política pública de víctimas.
Recomendaciones
para la inclusión y el reconocimiento de los grupos étnicos y del enfoque
diferencial en la implementación de la política pública de víctimas
Temas a resaltar
que se necesitan para un reconocimiento de inclusión de grupos étnicos y del enfoque
diferencial en la implementación de la política pública de víctimas:
Por
motivo que el reconocimiento de lo étnico debe tomar en
consideración su concepción de mundo, de bienestar y de relación consigo mismo,
con los otros y con el territorio, las formas de relación e interacción al
interior de sus grupos y
con las otras culturas; su normatividad propia y sus formas de gobierno.
1. 1. Participar
en los espacios de consulta, concertación, definición de estrategias y líneas
de acción.
2. 2. Contribuir de manera decisiva y desde sus competencias y ámbito de actuación a la formulación e implementación del plan de acción del Programa de Garantía de Derechos para los Pueblos Indígenas y planes de salvaguarda
3. 3. Propiciar escenarios de coordinación interinstitucional para la definición e implementación de un protocolo de retornos y reubicaciones,
4. 4. Promover acciones que garanticen la soberanía alimentaria en las comunidades indígenas, en relación con sus usos y costumbres.
5. 5. En el caso de los sujetos de especial protección constitucional, deberán tenerse en cuenta especialmente los riesgos identificados por la Corte Constitucional,
6. 6. Diseñar, formular e implementar acciones de prevención, protección, atención y reparación dirigidas a las comunidades y pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y población rom, en especial a aquellas en condición de desplazamiento por el conflicto armado, o en riesgo de desplazamiento forzado.
7. 7. Fortalecer los espacios de atención para las comunidades étnicas en el nivel territorial.
8. 8. Establecer y garantizar el funcionamiento de instancias locales de concertación y toma de decisiones en materia de atención a las comunidades y pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y población rom.
9. 9. Garantizar mecanismos de participación efectiva de las comunidades y pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y población rom en las Mesas de Víctimas y Comités de Justicia Transicional.
1. 10. Reconocer a los grupos étnicos como sujetos de derechos colectivos.
1111. Conocer y caracterizar a los grupos étnicos que deben ser atendidos,
12 12. Reconocer los planes de vida de las comunidades indígenas, los planes de etnodesarrollo de las comunidades afro y las demandas colectivas en el marco de la Mesa Nacional de Diálogo para el pueblo rom.
1313. Propiciar espacios de toma de
decisiones tradicionales a nivel local, en los cuales se involucre a los grupos
étnicos.
Bibliografia
https://gapv.mininterior.gov.co//sites/default/files/cartilla_enfoque_diferencial_fin_1.pdf
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